LA VULNERCIÓN DE DERECHOS DE LA AMAZONÍA COLOMBIANA TRAS EL ACUERDO DE PAZ
ANÁLISIS DESDE EL DERECHO INTERNACIONAL
DOI:
https://doi.org/10.29327/1163602.7-215Palavras-chave:
FARC, DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA TRANSICIONAL, JUSTICIA AMBIENTAL, DDRResumo
En 2016, tras los diálogos de paz en Colombia y en cumplimiento de los objetivos previstos en el Acuerdo adoptado, las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) iniciaron el proceso de desarme y desmovilización, abandonando sus campamentos, sitos principalmente en zonas rurales del país. Tras ello, la débil presencia de las instituciones estatales en dichas áreas, antes controladas por la guerrilla, ha facilitado que sean ocupadas por corporaciones, grupos criminales y otros actores insurgentes. Si bien los intereses en los recursos naturales de Colombia preceden al Acuerdo, estos se encontraban, en cierta medida, restringidos por las propias dinámicas del conflicto. Así pues, desde entonces se han desarrollado actividades económicas como la ganadería extensiva, la minería, la explotación maderera o la agricultura, cuyo impacto medioambiental encuentra su reflejo, no solo en el avance de la frontera agrícola, mediante un alto grado de deforestación y “praderización”, sino también en el surgimiento de nuevos conflictos socio-ambientales y la “cronificación” de los ciclos de violencia rural. Tales circunstancias obstaculizan los esfuerzos del Estado por ejercer un control efectivo sobre el territorio e impiden que cumpla con sus compromisos nacionales e internacionales, como, por ejemplo, el objetivo de desforestación cero para el año 2030. En este sentido, debe ser analizada la Sentencia (STC 4360-2018) de la Corte Suprema de Justicia de Colombia, en relación con la denuncia por omisión e incumplimiento del deber de las autoridades competentes de protección de la Amazonía colombiana y vulneración del derecho a un medio ambiente sano, la cual fundamenta su fallo aludiendo a instrumentos internacionales de carácter vinculante y no vinculante. En consonancia con el fallo de la Sentencia T-622/2016 de la Corte Constitucional, reconoce al Amazonas como sujeto de derechos, titular de la protección, mantenimiento y restauración a cargo del Estado y las entidades territoriales que la integran. Por tanto, tras reconocer que el Estado colombiano no ha conseguido abordar de forma eficiente el problema de la deforestación, a pesar de los numerosos compromisos internacionales adquiridos y de la jurisprudencia y normativa interna existente al efecto, declara el grave e inminente daño a las personas y emplazaba al gobierno a reducir la tasa neta de deforestación para el año 2020. En consecuencia, cabe analizar el impacto medioambiental producido desde un nuevo enfoque de derechos humanos, cuyo examen de las obligaciones internacionales de Colombia en la materia apliquen una perspectiva jurídico-cultural integral para la protección de la naturaleza desde la interrelación de los derechos. Por tanto, cabe implementar los compromisos internacionales y del acuerdo de paz para las áreas rurales desde la comprensión de la interdependencia entre las personas y la naturaleza, ambas como titulares de derechos, en este caso, especialmente en lo que respecta a la restitución de tierras y la creación de un sistema de gestión de recursos naturales garantista y participativo.