SENTENCIA PENAL ABSOLUTORIA Y VULNERACIÓN DE DERECHOS HUMANOS

Autores

  • ENCARNACIÓN MARTÍNEZ RODRÍGUEZ DOCTOR EN DERECHO POR LA UNIVERSIDAD DE GRANADA.

Resumo

El objeto de la investigación se centra en las “sentencias penales absolutorias” dictadas en primera instancia por los Juzgados de lo Penal y Audiencias Provinciales de España y en la posible revocación del pronunciamiento absolutorio en vía de recurso por los órganos superiores a los que corresponda conocer en segunda instancia de los recursos interpuestos. Para ello, se trata de determinar en qué supuestos no debe proceder la revocación de sentencias absolutorias penales, y de determinar cuáles son los Derechos Humanos que resultarían vulnerados cuando se revoquen algunas de dichas sentencias en los supuestos en los que no proceda tal revocación. Es el órgano de garantías constitucionales en España, el Tribunal Constitucional, el que ha de concretar y resolver la cuestión planteada, siendo sus resoluciones objeto de estudio. El Tribunal Constitucional español, reunido en Pleno, ha delimitado la posibilidad de revocar sentencias penales absolutorias basadas en la apreciación de duda razonable. Dicho Tribunal, que se ha pronunciado sobre la cuestión en vía de resolución de recurso de amparo planteado, analiza los límites constitucionales y legales de la revisión de sentencias absolutorias y sistematiza los parámetros de control de las decisiones revocatorias de una absolución previa. El Tribunal Constitucional considera que el órgano de apelación incurre en extralimitación de sus facultades de revisión en los casos en los que trata de imponer su valoración de la prueba sobre la realizada en la instancia, en vez de realizar un juicio externo sobre la coherencia, suficiencia y razonabilidad de la decisión absolutoria recurrida, para constatar de este modo si con la absolución se ha incurrido en arbitrariedad, manifiesta irrazonabilidad, o está basada en un patente error fáctico. De este modo, y conforme a lo anteriormente expuesto, el examen de la sentencia de apelación revocatoria de la absolución con manifiesta extralimitación de las facultades de revisión por el órgano de apelación, supone una vulneración de derechos humanos, el derecho a la tutela judicial efectiva y el derecho a la presunción de inocencia de la persona inicialmente declarada absuelta.

Publicado

02.10.2024

Edição

Seção

SIMPÓSIO On73 - EXECUÇÃO PENAL E DIREITOS HUMANOS