DERECHOS DE PRIMERA Y SEGUNDA GENERACIÓN EN PERSPECTIVA
HACIA UNA INTERPRETACIÓN HOLÍSTICA Y COHERENTISTA DE SU ENRAIZAMIENTO SOCIAL
Palavras-chave:
DERECHOS DE PRIMERA Y SEGUNDA GENERACIÓN, INTERPRETACIÓN JURÍDICA, FILOSOFÍA DEL LENGUAJE, CONFLICTO SOCIAL, MATERIALIDAD HISTÓRICAResumo
Objeto temático. Esta investigación se propone indagar un aspecto específico de la concepción canónica o generacional acerca de la evolución histórica de los derechos, centrándose en la distinta conceptualización que suelen tener los derechos de primera y segunda generación en el debate filosófico-jurídico a nivel internacional. En particular, se trata de evidenciar cómo los derechos de primera generación se fundan predominantemente en marcos teóricos de raigambre iusnaturalista y contractualista —como los elaborados por John Locke y Jean-Jacques Rousseau en los siglos XVII y XVIII—, mientras que los de segunda generación se hallan más estrechamente vinculados a dinámicas histórico-sociales concretas, caracterizadas por procesos de lucha, reivindicación y conquista colectiva, tales como huelgas, movimientos obreros y otras formas de acción social organizada. Relevancia de la investigación. La distinción entre derechos de primera y segunda generación ha sido ampliamente utilizada, aunque con frecuencia de forma acrítica, en los discursos jurídicos e institucionales. Este esquema tiende a invisibilizar las condiciones materiales e históricas de surgimiento de los derechos. Por ello, la investigación propone superar visiones abstractas y formalistas, rescatando su arraigo social y su carácter dinámico, en constante tensión entre conflicto, lenguaje y normatividad. Objetivos. El objetivo principal es construir una teoría interpretativa de los derechos que trascienda la dicotomía entre derechos “negativos” y “positivos”, incorporando tanto sus orígenes históricos como sus marcos normativos. Además, se busca destacar el rol de los derechos sociales como mediadores entre conflictos colectivos y estructuras jurídicas. Metodología. La investigación adopta un enfoque interdisciplinar que articula críticamente teoría jurídica, historia social y filosofía del lenguaje. Se emplean herramientas como el principio de caridad interpretativa de Donald Davidson —según el cual toda atribución de significado presupone un horizonte compartido de racionalidad— y la teoría del background de John Searle, que subraya el carácter socialmente sedimentado de los presupuestos interpretativos. Estos enfoques permiten mostrar que los derechos solo adquieren sentido en marcos institucionales y lingüísticos que integran prácticas sociales, formas de vida y estructuras normativas en tensión. Hipótesis iniciales. Las hipótesis iniciales plantean que: Todos los derechos, aunque con distintos grados de intensidad, deben entenderse como respuestas históricas a conflictos normativos concretos, más que como derivaciones lógicas de principios abstractos; Su interpretación requiere reconstruir el trasfondo de creencias, prácticas y expectativas que configuran la inteligibilidad del lenguaje jurídico; Los derechos sociales, en tanto formas institucionalizadas de reconocimiento de necesidades colectivas, operan como vectores de transformación social, cuyo sentido es inseparable de su dimensión material y participativa. Resultados parciales. Los avances preliminares permiten identificar dos resultados clave. Primero, la clasificación generacional tiende a ocultar las condiciones históricas de surgimiento de los derechos, presentando los civiles como universales y atemporales, y los sociales como contingentes. Segundo, el análisis del lenguaje jurídico revela que las disputas interpretativas sobre los derechos requieren considerar el trasfondo normativo y práctico que les da sentido en contextos específicos. Esto confirma que los derechos deben entenderse como construcciones históricas en constante transformación, marcadas por el conflicto y las prácticas institucionales.