EL USO DE LAS TÉCNICAS PROPIAS DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO EN LA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS

Authors

  • José Antonio Perea Unceta UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID

DOI:

https://doi.org/10.29327/1163602.7-53

Keywords:

DERECHOS HUMANOS, DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO, TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS, EXCEPCIONES AL DERECHO A LA VIDA

Abstract

El objeto de esta ponencia es el uso de las técnicas propias del Derecho Internacional Humanitario por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos cuando conoce la violación de estos derechos en situaciones de conflicto armado, como el Kurdistán, Chechenia o Nagorno-Karabaj. En estos casos, ¿qué régimen jurídico aplica el TEDH: el Convenio de Roma de 1950 y demás instrumentos del DIDH europeo o los Convenios de Ginebra de 1949 y los demás textos del DIH? ¿Habría alguna diferencia? ¿Qué sucede con el derecho a la vida de los civiles en una acción de combate, por ejemplo, un bombardeo? ¿Qué sucede con la libertad de circulación, la prohibición de expulsiones o el derecho a la propiedad privada -temas muy recurrente en la jurisprudencia de Estrasburgo- ante operaciones de evacuación obligatorias generalmente con incautaciones de bienes? El TEDH se ha planteado: a) si debía tener en cuenta las normas propias del DIH atendiendo a las circunstancias aparente o notoriamente bélicas del caso; b) si, aceptando lo anterior, debía aplicar esas normas de DIH como normas protectoras de los DDHH de las víctimas o simplemente en el contexto de responsabilidad internacional imperante en el DIDH; y c) si su no aceptación, de ninguna manera, o su consideración en términos estrictos de DIDH o de DIH implicaría un trato más desfavorable para esas víctimas de los conflictos armados que si lo hubiera aceptado o si lo hubiera hecho de la forma alternativa. En relación con el derecho a la vida, el Convenio lo excepciona cuando hay un uso de la fuerza lícito, por ejemplo, en caso de “insurrección”. En En Güleç c. Turquía (2000) “acepta que el uso de la fuerza puede estar justificado en el presente caso de conformidad con el párrafo 2 (c) del artículo 2, pero huelga decir que debe lograrse un equilibrio entre el fin perseguido y los medios”. En Isayeva y otros c. Rusia (2005) considera que es necesario examinar si la operación fue planificada y controlada por las autoridades a fin de minimizar, en la mayor medida posible, el recurso a la fuerza letal. Las autoridades deben tomar las precauciones necesarias para garantizar que se minimice cualquier riesgo para la vida”. En Tagayeva y otros c. Rusia (2017), el TEDH concluye que, si bien la decisión de recurrir al uso de fuerza letal estaba justificada en esas circunstancias, Rusia violó la Convención al recurrir a armas indiscriminadas, como bombas incendiarias y gases de combate. En Ergi c. Turquía (1998), exige “minimizar, en la mayor medida posible, cualquier riesgo para la vida de los aldeanos, incluido el poder de fuego de los miembros del PKK atrapados en la emboscada, o de reducir al mínimo, la pérdida incidental de vidas civiles”. En esta jurisprudencia observamos que la determinación o exclusión de la responsabilidad del Estado depende de consideraciones del TEDH basadas en las normas del DIH sobre el uso de la fuerza proporcional y necesario para conseguir el objetivo militar, y la debida diligencia para minimizar los daños colaterales.

Author Biography

José Antonio Perea Unceta, UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID

JOSÉ ANTONIO PEREA UNCETA  (Tánger, Marruecos, 1963)

 Profesor Contratado Doctor en el Área de Derecho Internacional Público de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid.

 Autor de “La actuación de las Naciones Unidas en el conflicto de la antigua Yugoslavia” (2000), “El derecho internacional de secesión” (2008) y “La política exterior de la UE en el Cáucaso: La diferente actuación de las organizaciones internacionales en el conflicto de Nagorno-Karabaj” (2021), coeditor de “El cine y el Derecho Internacional” (2014) y “Open Intervoc. Glosario español-inglés de Derecho Internacional” (2017), y coautor de “Creación de Estados, secesión y reconocimiento” (2019), “Derecho internacional público” (5ª ed., 2019) e “Instituciones y Organizaciones Internacionales” (2020, dirigidos por Ana Gemma López Martín) y Secession and Statehood: Lessons from Spain and Catalonia (Londres, 2021, con Ana Gemma López Martín).

Además, entre otros, en materia de derechos humanos ha publicado los siguientes trabajos: “El sistema regional africano de protección de los derechos humanos”, en J. Sánchez (coord.), Compendio de Derechos Fundamentales (2021); “La ausencia de fundamentación de la secesión en el derecho de libre determinación de los pueblos y en la violación grave de los derechos humanos”, en C. Fernández de Casadevante (ed.), Consecuencias jurídicas de la secesión de entidades territoriales. Una visión para España (2020); “Los derechos de las minorías nacionales en las entidades secesionadas no reconocidas: jurisdicción del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y atribución de la responsabilidad en su efectiva protección”, en A.G. López Martín y C. Otero García-Castrillón (eds.), Las minorías en el contexto actual (2020); con A.G. López Martín, “Los efectos en los derechos humanos de las secesiones de Estados y entidades no aceptadas por la comunidad internacional”, en Foro, Nueva Época, Vol. 21, nº 1 (2018); “La contribución de la jurisprudencia del Tribunal Internacional Penal para la Antigua Yugoslavia a la persecución de los crímenes sexuales contra las mujeres”, en C. M. López Cárdenas y otros (eds.), De género y guerra: nuevos enfoques en los conflictos armados actuales (Bogotá, 2017); “Las amenazas a la cooperación en la persecución de los crímenes internacionales en el ámbito africano”, en Anuario Hispano-Luso-Americano de Derecho Internacional, vol. 23 (2017); y “Los mandatos de las Operaciones de Mantenimiento de la Paz de las Naciones Unidas en materia de protección de los derechos humanos: inclusión y problemática”, en A.G. López Martín (ed.), Nuevos retos y amenazas a la protección de los derechos humanos en la era de la globalización (2016).

Sobre creación de Estados y libre determinación de los pueblos: con A.G. López Martín “El intento secesionista en Cataluña a la luz del Derecho internacional”, en Agenda Internacional, vol. 25, núm. 36 (Lima, 2018); “El secesionismo catalán en el contexto del Derecho internacional”, en Foro, Nueva Época, Vol. 17, nº 2 (2014); y “Las cuestiones sobre Kosovo que no quiso responder el Tribunal de La Haya”, en Anuario Jurídico y Económico Escurialense, vol. XLIV (2011).

Y sobre otros temas: “Las obligaciones internacionales asumidas por España en la conservación de la Mezquita-Catedral de Córdoba: cumplimiento de las normas y recomendaciones de la UNESCO”, en J. Fernández-Miranda (ed.), Estudio histórico y jurídico sobre la titularidad privada de la Mezquita-Catedral de Córdoba (2019); “La inmunidad de jurisdicción de los Estados: un nuevo caso en la jurisprudencia alemana y comunitaria (asunto Ahmed Mahamdia contra República Argelina)”, en  La Ley, nº 7955 (2012); y “Las nuevas características de las operaciones de cascos azules de las Naciones Unidas”, en Anuario Jurídico y Económico Escurialense, vol. XXXVIII (2005), entre otros.

Miembro desde 2007 del Grupo de Investigación UCM “Globalización, derechos humanos y Unión Europea” (GR74/07), dirigido por A.G. López Martín. Miembro del Proyecto de Investigación UNA Europa 2022 “WHC@50 – Forever Young: Celebrating 50 Years of the World Heritage Convention”, con las Universidades UCM, Bolonia, Edinburgh y Leueven (Dir. Elisa Beroncini). Miembro del Proyecto DER2016-76312-P del Ministerio de Educación, Convocatoria 2016, sobre “Consecuencias jurídicas de la secesión de entidades territoriales de un Estado con especial referencia a las implicaciones en materia de derechos humanos para España” (2017-2020, dir. C. Fernández de Casadevante).  Miembro del Proyecto PR26/16-20268 de la UCM-Banco de Santander sobre “La secesión de entidades territoriales de un Estado y sus consecuencias en relación con los derechos humanos de las minorías resultantes. Enseñanzas de la práctica internacional y europea con relación a España” (2016-2017, dir. A.G. López Martín). Miembro del Proyecto GR3/14 de la UCM-Banco de Santander sobre los “Retos y amenazas actuales para el ejercicio y la protección de los derechos fundamentales en la Red” (2014, dir. A.G. López Martín).

Ha impartido clases y seminarios en el Curso de Formación Continua en Dirección de Seguridad de la Escuela de Gobierno UCM (2018 y 2021), Curso de Formación Continua en Analista en Conflictos y Construcción de la Paz de la Fac. de Cc. Políticas UCM (2021), Curso de Formación Continua On Line en Estudios Jurídicos Avanzados de Derechos Humanos UCM (2016-2019), Máster de Relaciones Internacionales y Comercio Exterior de la Escuela Internacional de Negocios ALITER (2000-2013) y en su Curso Superior de Desarrollo de Liderazgo (2010), Escuela de Verano Complutense (2014-2017) y Curso Superior de Estudios Europeos de la Universidad Europea de Madrid (1997). Ha dictado ponencias y conferencias en la Universidad Anáhuac (Ciudad de México), Universidad Rey Juan Carlos, Universidad Carlos III, Universidad de Sevilla, Universidad de Granada, Universidad Francisco de Vitoria, Fundación de Cultura Árabe (Rabat, Marruecos), Club Internacional de Prensa, Fundación Ángel Ganivet, Estudios Superiores de El Escorial, Universidad Europea de Madrid y Facultad de Derecho de Toledo.

Secretario Académico del Departamento de Derecho Internacional, Eclesiástico y Filosofía del Derecho de la Facultad de Derecho UCM (desde 2019), Codirector del Máster Propio sobre Promoción y Defensa Internacional de los Derechos Humanos (desde 2021) y Evaluador, miembro de la Comisión de Reclamaciones del Programa Docentia y Vocal de la Comisión de Calidad del Vicerrectorado de Calidad de la UCM (desde 2017).

Antiguo Coordinador del Máster Universitario de Derecho Internacional de la Facultad de Derecho UCM (2017-19), Delegado del Decano para la Enseñanza On Line del Grado de Derecho (2012-17), Secretario-Coordinador del Curso de Formación Continua On Line en Estudios Jurídicos Avanzados en Derechos Humanos UCM (2016) y Codirector del Curso (2017-19).

Colaborador en prensa: columnista de Diario16 (1999-2000) y en analítico.es (2010), colaborador de El Confidencial (desde 2012), Estrella Digital (2014), Diario Jurídico (2014-2015) y Crónica Global (desde 2019).

 

Linkedin: www.linkedin.com/in/joseantonio-perea-unceta-7062aa30

Correo: japereau@ucm.es

Researcher Id: K-4975-2014

Código ORCID: 0000-0001-7825-2476

Published

2022-12-31