MATERNIDAD SUBROGADA Y MERCANTILIZACIÓN DE SERES HUMANOS EN LA ESFERA INTERNACIONAL. ESPECIAL REFERENCIA A LA POSICIÓN DE LA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO ESPAÑOL

Autores

  • ESTELA TORRES PLAZA ILUSTRE COLEGIO ABOGACIA DE LLEIDA

Palavras-chave:

Derecho, maternidad subrogada, Unión Europea, Filiación, Trata de seres humanos

Resumo

La maternidad por subrogación ha venido siendo debatida a nivel ético y jurídico desde los albores de la creación de las técnicas de reproducción asistida en la década de 1970 hasta nuestros días, a pesar de ello el debate se ha intensificado en las últimas décadas como consecuencia de la evolución de las técnicas de reproducción asistida, así como de la aparición de nuevos modelos familiares. El debate no solo se ha centrado a nivel ético sino también a nivel jurídico por los numerosos inconvenientes que presenta esta modalidad de maternidad/paternidad en el reconocimiento de la filiación de los menores nacidos bajo contratos de gestación subrogada en los estados que no la aceptan, la vulneración del orden público de estos, la colisión de derechos humanos que implica, y la necesidad de creación de acuerdos internacionales que regulen y eviten la mercantilización se seres humanos. Ante este escenario el presente artículo pretende analizar de forma resumida las principales legislaciones a nivel internacional que permiten la gestación subrogada y los requisitos que se solicitan para el acceso a esta, para mostrar que en muchos casos no solo vulneran los derechos las mujeres gestantes y de los menores, produciéndose su cosificación, sino que además conlleva una discriminación de los padres de intención por razones de orientación sexual o estado civil. Asimismo, se pretende realizar un análisis de la posición de la Unión Europea sobre la maternidad subrogada a través de la reciente aprobación de la modificación de la directiva 2011/36/UE relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y la protección de las víctimas, en la que se considera por primera vez como trata de seres humanos la práctica de la gestación subrogada si la mujer gestante es víctima de coacción o engaño, pasando por el análisis de la resolución del Parlamento Europeo, de 17 de diciembre de 2015, sobre el informe anual sobre derechos humanos y democracia en el mundo 2014 y la política de la UE en se establece claramente que la Unión Europea condena la práctica de la gestación por sustitución. Dentro de la problemática existente a nivel internacional nos situaremos concretamente ante la posición de la jurisprudencia del Tribunal Supremo Español, sobre la maternidad subrogada y el reconocimiento de la filiación de los menores en favor de los padres/madres de intención, analizando la jurisprudencia de sus últimas resoluciones, especialmente en la resolución 1153/2022 de 31 de marzo de 2022, que ha sentado doctrina el respecto, para concluir la importancia de establecer límites que eviten el reconocimiento automático de la filiación resultante de un contrato de gestación subrogada con la intención de evitar la trata de seres humanos.

Publicado

02.10.2024

Edição

Seção

SIMPÓSIO On120 - PROTEÇÃO JURÍDICA INTERNACIONAL DAS RELAÇÕES FAMILIARES